PRESENCIAL OAC
Descripción: Permiso que es preciso pedir al Ayuntamiento para realizar obras en edificios, viviendas, locales o solares. La tramitación puede variar teniendo en cuenta el tipo de obras que se quieren hacer:
Obra mayor: Construcción de edificaciones e instalaciones de nueva planta de todo tipo.
Obra menor: obras auxiliares de la construcción, obras pequeñas de reparación de edificios, vallas y el resto de obras, no previstas dentro del procedimiento de enterado de obras.
Obras de compañías: las promovidas por empresas de suministro de servicios (FECSA, Gas, Telefónica, Agua, etc.)
Requisitos:
De los interesados
Tener la condición de promotor de las obras.
Documentación que es preciso aportar:
LICENCIAS DE OBRAS MAYORES
1. Juego de impresos facilidades por el Ayuntamiento.
2. Justificante del pago de la autoliquidación de los tributos.
3. Proyecto técnico, básico, por triplicado, visado por el Colegio Oficial correspondiente (integrado por la documentación exigida en el artículo 24.2 de las Ordenanzas metropolitanas de edificación). Si se trata de proyectos de ampliación o reforma, en los planos se tienen que detallar exactamente las partes de la obra que subsisten (grafiades en negro), las que se amplían (grafiades en rojo) y las que se suprimen (grafiades en amarillo). El proyecto tiene que incluir el presupuesto de la obra y tiene que estar firmado por el promotor.
4. Hoja de asume del director facultativo, visado por el Colegio Oficial correspondiente.
5. Estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el RD 1627/1997, de 24 de octubre.
6. Aval de garantía de escombros y otros residuos de la construcción y también la Memoria de gestión de los residuos, donde se justifiquen las operaciones de gestión de los residuos de las obras de derribo, construcciones y excavaciones de acuerdo con el Decreto 201/1994, del 26 de julio, y el Reglamento Metropolitano para la gestión de los derribos, las runes y otros residuos de la construcción.
7. Aval equivalente al 2% del presupuesto del proyecto, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 16 de las Ordenanzas metropolitanas de edificación.
8. Cuestionario urbanístico.
9. Proyecto técnico, básico, por duplicado, en soporte informático, formato PDF o DWF.
10. Cuestionario de estadística de edificación y vivienda, debidamente llenado.
11. Fotografías del solar donde se proyecta ejecutar las obras, y también de las fincas vecinas.
12. Justificante de la titularidad dominical de la finca o solar en que se realizarán las obras.
13. Justificante de encontrarse al corriente en el Impuesto de bienes inmuebles.
14. Justificación del cumplimiento del Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
15. Justificante del pago de la tasa correspondiente a la licencia municipal por exerci la actividad de contratista de obras en el término municipal de Montcada i Reixac.
16. Proyecto técnico, ejecutivo, por triplicado y visado por el Colegio Oficial correspondiente. Y dos copias más en soporte informático, formato PDF o DWF.
17. El proyecto técnico tendrá que incluir la previsión para el paso de instalaciones de infraestructuras de acceso a los servicios de telecomunicación al interior de los edificios, de acuerdo con el RD 1/1998, de 27 de febrero.
18. Hoja de asume del técnico director de las obras, visado por el Colegio Oficial correspondiente.
19. Hoja de Manifestación (o encargo de obra) del contratista con la aceptación de la cantidad presupuestada para la ejecución de la obra.
LICENCIAS DE OBRAS MENORES
1. Solicitud (Impresos facilidades por el Ayuntamiento).
2. Autoliquidación de tributos.
3. Fianza/aval de gestión de residuos.
4. Fianza/aval de garantía de obras.
5. Hoja de asunción del técnico responsable de las obras.
6. Proyecto técnico visado (3 copias). El proyecto tiene que incluir el presupuesto de la obra y tiene que estar firmado por el promotor.
7. Estudio básico de seguridad y salud (PEM<180.000€).
8. Croquis.
9. Hoja de manifestación (o encargo de obra) del contratista con la aceptación de la cantidad presupuestada para la ejecución de la obra.
Tasas: Las marcadas por el Ordenanza fiscal correspondiente.