PRESENCIAL OAC
Descripción: Este procedimiento tiene por objeto la autorización, en suelo urbano, de las obras indicadas al alcance del procedimiento.
Alcance: Se tramitará mediante la figura de la comunicación previa la autorización de las obras menores siguientes:
a) Obras de mejora de cocinas, lavabos o lavaderos, que no supongan alteraciones en la distribución interior de la vivienda o local.
b) Rebozar, enyesar o pintar paredes y/o techos interiores
c) Cambiar el pavimento del suelo.
d) Embaldosar paredes interiores.
e) Cambiar o reparar instalaciones interiores (agua, gas, electricidad, teléfono)
f) Colocar o reparar el cielo raso.
g) Formación o modificación de escaparates y tableros en locales comerciales.
h) Trabajos de limpieza en jardines en el interior de un solar, siempre y cuando no destruyan los ya existentes.
i) Reparar o sustituir bajantes de aguas pluviales (cuando no haga falta andamio de más de 2 metros de altura)
j) Reparar o pintar rebozados de fachadas y zócalos (cuando no haga falta andamio de más de 2 metros de altura) respetando los criterios de mejora del entorno urbano en cuanto al color y la textura utilizados.
k) Cambiar puertas, ventanas o persianas de fachada sin modificar las dimensiones de la apertura.
l) Colocación de rejas.
m) Reparaciones puntuales en cubiertas y/o terrazas, de complejidad y riesgo objetivo bajos.
n) Colocación de toldos.
Se excluyen las obras no especificadas en este apartado
Requisitos: Tener la condición de promotor de las obras y disponer de la conformidad del propietario de la finca si no es el mismo promotor, o de la comunidad de propietarios si las obras afectan elementos comunitarios.
Tasas: Las marcadas por el Ordenanza fiscal correspondiente.